España · RD 390/2021 + Ley 8/2013Tabla CCAA actualizada el 2026-06-16

Cuánto cuesta el certificado energético de tu vivienda en 2026

Calculadora del CEE por comunidad autónoma (RD 390/2021). Introduce la CCAA, el tipo de inmueble y los m² útiles para obtener el rango de precio del técnico, la tasa de registro, la validez del certificado y el rango de sanción estimada por no aportarlo en venta o alquiler.

Certificado de eficiencia energética

RD 390/2021
Escala de calificaciónconsumo · kWh/m²·año

Escala oficial orientativa. La letra exacta de tu vivienda la determina el técnico tras medir la envolvente y las instalaciones.

Estima el coste de tu certificado

Mide los metros útiles de la vivienda. Para el CEE no se cuentan terrazas no cubiertas ni trasteros.

Coste total estimadoIVA 21% incluido
95 €
Rango habitual: 65 €140 € · Comunidad de Madrid
Honorario del técnico
95 € (65 €140 €)
Tasa de registro CCAA
Gratuita en esta CCAA
Validez
10 años
Sanción (Ley 8/2013)
300 €6.000 €
Registro oficial

Direccion General de Promocion Economica e Industrial

Estimación orientativa: la letra oficial la asigna y firma el técnico certificador y el certificado se registra en el órgano competente de tu comunidad autónoma. No es un presupuesto vinculante.

¿Cuánto cuesta el certificado energético en 2026?

En 2026, el certificado de eficiencia energética (CEE) de una vivienda media cuesta entre 60 € y 250 €: el honorario del técnico (que depende sobre todo de los m² útiles) más la tasa de registro de tu comunidad autónoma. El registro es gratuito en 8 territorios —Madrid, País Vasco, Aragón, Navarra, Canarias, Cantabria, Ceuta y Melilla— y de pago (de ~10 € a ~30 €) en el resto. La validez es de 10 años, salvo la calificación G, que dura 5 (RD 390/2021).

Fuentes oficiales: RD 390/2021 — procedimiento básico del CEE (BOE) · Ley 8/2013 — régimen sancionador 300–6.000 € (BOE) · Tasas de registro por CCAA (recopilación AEE Soluciones, act. feb-2026)

Validez
10 años (5 si es G)
Registro
Obligatorio en tu CCAA
Sanción
300 € – 6.000 €

Actualizado el 2026-06-16
Datos verificados el 2026-06-16 contra el BOE (RD 390/2021), la Ley 8/2013 y las tasas de registro publicadas por las comunidades autónomas (recopilación AEE Soluciones).

Aviso

Estimación orientativa, no presupuesto vinculante. El precio definitivo lo fija el técnico competente y las tasas de registro pueden variar según el boletín oficial de cada CCAA. Las sanciones se determinan por el órgano competente conforme a la Ley 8/2013. Verifica siempre con un técnico autorizado antes de tramitar.

Cómo se financia esta herramienta

El certificado energético es un trámite obligatorio, no un producto: por eso esta calculadora no incluye enlaces de afiliado ni recomienda ningún proveedor concreto. Es gratuita e informativa, y sus cifras se basan siempre en fuentes oficiales y rangos de mercado, nunca en una comisión. Para contratar el certificado, busca un técnico competente colegiado (arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero habilitado).

Cómo calculamos el coste

Sumamos dos componentes. (1) El honorario del técnico autorizado —arquitecto, arquitecto técnico/aparejador o ingeniero habilitado— estimado por tramos de superficie útil y ajustado por tipo de inmueble (un chalet exige más trabajo de campo que un piso). (2) La tasa de registro pública de tu CCAA, que añadimos solo si tu comunidad la cobra. El IVA del 21 % se aplica al honorario (no a la tasa, que es un tributo público). Las cifras de honorario son rangos de mercado cotejados con comparadores y técnicos; el precio definitivo lo fija siempre el técnico que firma el certificado.

Quién puede firmar el certificado

Solo un técnico competente puede emitir el CEE: arquitecto, arquitecto técnico o aparejador, ingeniero o ingeniero técnico con competencias en edificación o instalaciones térmicas. El técnico visita la vivienda, toma datos de la envolvente y las instalaciones, genera el certificado con un programa reconocido por el Ministerio y lo registra en el órgano de tu CCAA. Sin registro, el certificado no es válido para escriturar ni para un contrato de alquiler.

Cuándo NO necesitas certificado energético

El RD 390/2021 (artículo 3.2) exime de obtener el CEE, entre otros casos, a:

No existe ninguna exención por «alquiler de menos de 4 meses» en la normativa vigente: para cualquier alquiler que requiera contrato y para toda venta hace falta CEE.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el certificado energético para vender o alquilar?
Sí. Desde el RD 390/2021 es obligatorio mostrar la etiqueta energética en los anuncios y entregar el certificado al comprador o incorporarlo al contrato de alquiler. Vender o alquilar sin él puede acarrear sanción.
¿Cuánto tarda en hacerse?
La visita del técnico dura entre 20 y 60 minutos. El certificado suele estar listo en 1–3 días laborables; el registro autonómico puede tardar unos días más según la comunidad.
¿Cuánto dura el certificado energético?
10 años para las calificaciones A a F. Si la vivienda obtiene una G (la peor), la validez se reduce a 5 años (RD 390/2021).
¿En qué comunidades es gratuito el registro?
En 2026 el registro es gratuito en Madrid, País Vasco, Aragón, Navarra, Canarias, Cantabria, Ceuta y Melilla. El resto cobra una tasa pública que va de unos 10 € a unos 30 €.
¿Qué multa hay por no tener el certificado?
La Ley 8/2013 fija sanciones de 300 € a 6.000 € según la gravedad (leves 300–600 €, graves 601–1.000 €, muy graves 1.001–6.000 €). El importe lo determina el órgano competente de cada CCAA.
¿El certificado mejora si reformo la vivienda?
Sí. Cambiar ventanas, mejorar el aislamiento o instalar aerotermia o placas solares puede subir la calificación. Tras una reforma relevante conviene emitir un nuevo CEE que refleje el estado real.
¿Tengo que pagar el registro aparte del técnico?
Depende de tu CCAA. En las comunidades de pago, muchos técnicos incluyen la tasa en su presupuesto; en otras la abonas tú al registrar. Pregunta siempre si el precio cerrado incluye el registro.

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